
Gestionar una herencia de un ser querido que ha fallecido en el extranjero puede ser un proceso abrumador y lleno de incertidumbres. Sin embargo, conocer los pasos esenciales y las normativas que rigen estas situaciones es clave para proteger los derechos de los herederos y asegurar que todo se realice de manera ordenada. A continuación, exploraremos los aspectos más relevantes a considerar en este contexto.
- Registro del fallecimiento en España
- Obtención del certificado de últimas voluntades y testamento internacional
- Legalización y traducción de documentos extranjeros
- Elección de la ley aplicable y resolución del país competente
- Adjudicación de bienes en España
- Impuesto de sucesiones en herencias transfronterizas
- Reconocimiento de resoluciones extranjeras
Registro del fallecimiento en España
El primer paso esencial en este proceso es asegurar que la muerte de la persona fallecida esté debidamente registrada en España. Cuando un ciudadano español fallece en el extranjero, sus familiares deben inscribir el deceso en el Registro Civil Consular del país donde ocurrió la muerte o directamente en el Registro Civil Central en España. Este trámite es fundamental, ya que permite obtener un certificado de defunción español, que es un documento necesario para realizar las gestiones sucesorias.
En ciertas circunstancias, puede ser posible utilizar un certificado de defunción extranjero, siempre y cuando esté legalizado o apostillado y traducido al español. Sin embargo, la mayoría de las gestiones requerirán que el fallecimiento esté debidamente registrado en un registro español. Por ejemplo, si un español residente en Italia fallece allí, sus herederos deberán gestionar el registro del óbito a través del Consulado español en Italia, lo que les permitirá obtener un certificado de defunción español, crucial para tramitar la herencia en España.
Obtención del certificado de últimas voluntades y testamento internacional
El siguiente paso a seguir es obtener el Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad en España. Este documento es vital porque indica si el fallecido otorgó un testamento en España y ante qué notario, o si no existe un testamento español.
Es importante señalar que si la persona fallecida realizó un testamento en el extranjero, este no aparecerá en el registro español. En este caso, será necesario presentar el testamento extranjero válido o el documento sucesorio correspondiente. Algunos escenarios que pueden surgir incluyen:
- Si el difunto era español, podría haber realizado un testamento en España o ante un notario consular español, que sí se registra en España.
- Si el difunto era extranjero, no habrá testamento en el registro español; se aplicará la normativa de su país o su testamento.
- Si el fallecido tenía propiedades en España y realizó un testamento en el extranjero, será necesario obtener una resolución judicial o documento equivalente en el país donde se realizó el testamento.
Por ejemplo, un ciudadano británico que posee propiedades en España y fallece en el Reino Unido, con un testamento británico, necesitará obtener un Grant of Probate (resolución judicial británica) o un documento equivalente. Para que este sea reconocido en España, es aconsejable obtener un Certificado Sucesorio Europeo (CSE), que acredita directamente quiénes son los herederos y sus derechos.
Legalización y traducción de documentos extranjeros
Para presentar cualquier documento extranjero en España, es imprescindible que se cumplan ciertos requisitos. Estos requisitos garantizan que los documentos sean válidos y aceptados por las autoridades españolas:
- Apostilla de La Haya (si el país está en el convenio) o legalización consular, que asegura la autenticidad del documento.
- Traducción oficial al español, a menos que se trate de un documento bilingüe o en un idioma que una autoridad española comprenda. Generalmente, se requerirá una traducción jurada.
Por ejemplo, un certificado de defunción emitido en Estados Unidos deberá ser apostillado y traducido por un traductor jurado al español. Este proceso es esencial para evitar problemas en la aceptación de documentos durante la gestión de la herencia.
Elección de la ley aplicable y resolución del país competente
En las sucesiones internacionales, se aplica el criterio de la residencia habitual del fallecido para determinar la ley que regula la herencia. Este principio es especialmente relevante en los países de la UE que aplican el Reglamento 650/2012. Por ejemplo, si un ciudadano alemán residente en España fallece, la herencia se tramitará de acuerdo a la ley española, a menos que el testamento disponga lo contrario.
Por otro lado, si un español muere en otro país europeo, es probable que se aplique la ley de ese país. Muchos españoles deciden incluir una cláusula en su testamento que elige la ley española, lo que simplifica significativamente el proceso. Esta elección es crucial, ya que determinará cómo se repartirán los bienes y qué autoridad emitirá el certificado sucesorio.
Adjudicación de bienes en España
Una vez que se han reunido todos los documentos necesarios, como:
- Certificado de defunción,
- Certificado de últimas voluntades (y testamento si lo hay) o documentos equivalentes,
- Certificado Sucesorio Europeo o documentación de herederos,
- Documentos legalizados y traducidos,
los herederos pueden acudir a un notario español para realizar la escritura de manifestación, aceptación y adjudicación de herencia respecto a los bienes en España. El notario deberá recoger toda la documentación presentada y reconocer quiénes son los herederos y en qué proporción se adjudican los bienes.
En algunos casos, el notario podría solicitar un informe de ley extranjera si la ley foránea debe aplicarse para repartir la herencia. Esto podría requerir la intervención de peritos en derecho extranjero para interpretar adecuadamente las normativas aplicables.
El Certificado Sucesorio Europeo es especialmente útil en este contexto, ya que evita la necesidad de realizar procesos de exequatur, simplificando considerablemente el procedimiento para los herederos.
Impuesto de sucesiones en herencias transfronterizas
La fiscalidad de las herencias internacionales puede resultar compleja. En España, el Impuesto de Sucesiones debe ser pagado por:
- Si el causante era residente fiscal en España, su herencia tributará en España por todos sus bienes, y los herederos que residan en el extranjero pueden tener derecho a una devolución por doble imposición en su país.
- Si el causante era no residente pero dejó bienes en España, los herederos deberán pagar el Impuesto de Sucesiones en España por esos bienes.
Además, es posible que también se deba pagar impuestos en el país de fallecimiento según sus leyes fiscales. Por ejemplo, un alemán que deja bienes en España deberá pagar impuestos en Alemania y en España. Existen convenios de doble imposición con algunos países, aunque son limitados en el ámbito de sucesiones.
Los herederos, aunque residan fuera de España, deben solicitar un NIF de no residente y presentar el modelo de sucesiones (650/660) por los bienes en España. Los residentes en la UE/EEE pueden beneficiarse de las mismas bonificaciones que los residentes en la Comunidad Autónoma, mientras que a los extracomunitarios se les aplicará la normativa estatal.
Reconocimiento de resoluciones extranjeras
Si la herencia se tramitó completamente en el extranjero, como en el caso de un juicio sucesorio en un país fuera de la UE, puede ser necesario un procedimiento de exequatur en España para poder ejecutar la sentencia. Sin embargo, el uso del Certificado Sucesorio Europeo ha reducido considerablemente esta necesidad en muchos casos dentro de la UE.
Si el fallecido residía en un país fuera de la UE, el reconocimiento dependerá de los convenios bilaterales establecidos o del cumplimiento de los requisitos del procedimiento de exequatur.
A continuación, se resumen los pasos clave a seguir en este proceso:
- Inscribir el fallecimiento y obtener los certificados necesarios.
- Determinar los herederos según la ley aplicable, obteniendo el testamento o declaración hereditaria válida.
- Legalizar y traducir los documentos requeridos.
- Otorgar escritura de herencia en España para los bienes locales, aportando la documentación anterior.
- Liquidar el impuesto de sucesiones en España por los bienes mencionados.
Es igualmente importante notificar a los Registros de la Propiedad en España, bancos y otras entidades sobre la escritura final para cambiar las titularidades correspondientes.
Si se encuentra en la situación de gestionar una herencia en España de un familiar que ha fallecido en el extranjero, no dude en solicitar asesoría especializada. Es recomendable acudir a profesionales que puedan guiarle a través de este proceso, garantizando el cumplimiento de la normativa en ambas jurisdicciones.
Recuerde que la información proporcionada aquí es general sobre trámites internacionales de herencias y no sustituye la asesoría legal especializada. Cada país tiene sus propias leyes sucesorias y fiscales, y el Reglamento UE puede no aplicarse en ciertos casos. Por ello, se aconseja consultar a abogados expertos en derecho internacional privado para situaciones específicas.
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