
La nulidad de la ley es perpetua y también insanable y, por consiguiente, no puede ser objeto de confirmación ni de prescripción.
Te puede interesar también:¿Cuando un contrato no sería válido?El control de trabajo de los actos administrativos nulos pertence a los institutos del derecho administrativo mucho más atrayentes por el hecho de que tiene dentro un hatajo para llevar a cabo ineficaces las crueldades administrativas en el momento en que nuestra administración se da cuenta de la barbarie o en el momento en que el especial lo pide. En estas situaciones el juez no participa, pero como hablamos de anular lo hecho y quizás dejar sin efecto un acto conveniente a terceros, la garantía radica en la necesidad de un informe conveniente precautorio y obligación del semejante estatal o autonómico. Concejo.
No obstante, esta inclinación a remover el acto nulo puede localizar la fuerza de resistencia de otros valores o intereses dignos de protección y que son el antídoto al control oficial: la buena fe, la igualdad o el tiempo en la mayoría de los casos invertido.
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En la disputa sobre las cláusulas exageradas en los contratos financieros con los usuarios, cada vez es mucho más recurrente que las entidades de crédito cuyos clientes del servicio piden la restitución del importe inadecuadamente comprado se opongan la defensa de la prescripción. Lo mismo sucede en las situaciones en que los clientes del servicio pidan la resolución del contrato de las tarjetas de pago aplazado y revolving por usura.
Las cuestiones que brotan en este contexto son de manera fácil entendibles: ¿la acción de restitución por nulidad es imprescriptible por ley, con lo que siempre y en todo momento se puede soliciar la restitución de lo inadecuadamente comprado? ¿La acción caduca o prescribe en algún instante? ¿Qué término se aplicaría? ¿Desde cuándo deberíamos comenzar a contarlo?
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El término de nulidad hace referencia al acto, contrato o trámite que no posee efecto ni fuerza para obligar a cosa alguna.
La nulidad se genera en el momento en que la escritura o contrato es opuesto a la ley, o por carecer de los requisitos o solemnidades que necesita.
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“La resolución impugnada expone hasta siete rastros de impago en la compraventa. Todos y cada uno de los hechos básicos están correctamente probados: la relación entre usuarios y comerciantes; el bajo precio en comparación con la experiencia; que se consiguió el préstamo hipotecario para reformar la vivienda; falta de prueba de la salida del importe del precio de la cuenta del padre del solicitante; falta de prueba del pago de este monto a la cuenta del vendedor; hospedaje todavía a nombre del vendedor; pago de impuestos por la parte del vendedor.
Resalta la carencia de justificante bancario del precio. La recurrente argumentó en el juicio que su difunto padre, Don Pascual, le había dado el dinero: “le sacaron el dinero” y se lo llevaron a la vivienda de la actora. No hay salidas, en esas datas de octubre de 2003, de este monto en la cuenta bancaria. Y siendo la heredera reclamante, podría haber entregado todos y cada uno de los registros bancarios de su difunto padre.
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