
De presentarse alguno de estos teóricos, el producto 284 bis del Código Penal Federal establece lo siguiente: ?¿Quién efectúa la actividad ilegal de cobro fuera de la justicia?
Las deudas bancarias no te hacen un criminal
«Si no me pagas en este momento te denuncio por estafa», «Lo denuncio en el Ministerio Público y te van a meter en la prisión”. prisión”, “No volverás a conocer a tus hijos”. Estas son ciertas oraciones que usan las áreas de trabajo de cobranza para intimidar a los deudores, mediante persistentes llamadas en la madrugada y visitas hostigadoras.
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De ahí que piensas que puedes proceder a la prisión, pero claro que no, únicamente debes informarte. Gracias a las malas tácticas que han adoptado ciertas compañías de cobranza, se creó un Código de Ética, que los bancos que la conforman la Asociación de Bancos de México (ABM) y cualquier otra compañía debe acatar quien efectúa esta actividad.
Yo no voy a la prisión, ¿qué hace el acreedor para no perder su dinero?
Una vez agotadas todas y cada una de las primeras instancias: pactos de pago no ejecutados, alertas que yo como moroso he ignorado a, se asiste al sistema judicial, primero frente a la Dirección de Resolución Opción alternativa de Enfrentamientos (DIRAC).) para intentar llegar a un convenio por medio de la mediación, si no se llega a un convenio, la situacion pasa a manos de un juez civil.
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«Esta predisposición permite al acreedor para reclamar el pago de las deudas del moroso en juicio civil, y una vez dictada la sentencia donde se afirma la obligación de pago, el acreedor puede asegurar la ejecución de la sentencia, para que el el moroso paga y si no, se embargan recursos que logren volver a poner lo adeudado”, enseña el letrado.
¿Con qué deudas puedo proceder a la prisión?
Como ahora comentamos, el La única oportunidad de que vayas a la prisión por una deuda es si se prueba que desde el comienzo no tenías intención de abonar, esto es, que engañaste a la entidad financiera.
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Caso de que se pruebe que tenías intención de cometer estafa, el impago va a ser tipificado como “delito contra el patrimonio».

En un caso así la sanción va a ser de prisión.
¿Qué sanción se impone por el delito de impago de alimentos? ¿de pequeños?
La sanción por impago de la pensión alimentaria puede ser de prisión de 3 meses a 1 año, o multa de 6 a 24 meses.
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Según el Tribunal Supremo, el impago de las cuotas hipotecarias en el momento en que fué impuesta en una separación, divorcio u otra resolución, se considera una virtud económica que se encuadra en el producto 227 del código penal, con lo que Ud. puede ser culpado por dicho delito por haber dejado de abonar alimentos.
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Así sea un préstamo, una tarjeta de crédito, su hipoteca, un préstamo de día de pago, da igual. Ningún cobro de ninguna deuda del cliente va a ir a la prisión. Sencillamente no pasa. No puede ser detenido, encarcelado, obligado a efectuar servicios comunitarios o programas de trabajo, ni nada parecido por sus deudas impagas.
¡Claro que sí! La cárcel por una deuda es una medida desproporcionada y cruel. En lugar de encarcelar a las personas, deberíamos buscar soluciones más justas y humanitarias. ¿Qué tal promover la educación financiera y brindar apoyo a quienes están en dificultades económicas? #JusticiaFinanciera
¡Qué locura! ¿En serio alguien puede ir a la cárcel por no pagar una deuda? Me parece una exageración total. ¿Qué opinan ustedes?
¡Totalmente de acuerdo contigo! Es una absoluta locura que alguien termine en la cárcel por una deuda. Parece que vivimos en un sistema injusto donde castigan a los más vulnerables. ¿Dónde quedó la empatía y la búsqueda de soluciones más justas? ¡Indignante!
Vaya locura, ¿en serio pueden meterte en la cárcel por no pagar una deuda? ¡No me lo puedo creer! ¿Qué opinan ustedes?
¡Claro que sí! Vivimos en un mundo en el que el dinero manda y la justicia es selectiva. Parece injusto, ¿verdad? Pero así es como funciona el sistema. Es triste, pero hay que estar al tanto de las leyes para evitar problemas. ¡Cuídense!
No deberías ir a la cárcel por no pagar una deuda, eso es ridículo. ¿Qué opinan ustedes?
Totalmente de acuerdo contigo, es absurdo encarcelar a alguien por una deuda. Eso solo perpetúa la desigualdad y castiga a los más vulnerables. Necesitamos un sistema más justo y equitativo. ¿Qué tal si mejoramos las leyes y promovemos soluciones alternativas? ¡Opinen!
¿En serio? ¿Ir a la cárcel por no pagar una deuda? Eso es absurdo.
¡Vaya, parece que desconoces cómo funcionan las leyes en ciertos países! No se trata de un capricho, sino de hacer valer los contratos y garantizar el cumplimiento de las obligaciones económicas. La cárcel puede ser una consecuencia extrema, pero no es absurda en casos de incumplimiento grave.
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¡Vaya, vaya! ¿En serio que podrías ir a la cárcel por no pagar una deuda? 😱 Eso suena demasiado extremo. ¿Qué opinan ustedes?