¿Cómo me pueden embargar si no tengo nada?

M. Si no tienes recursos inmuebles, pero tienes un salario fijo, se puede embargar la quinta una parte del valor que sobrepase el salario mínimo por mes. Si el dinero que gana no sobrepasa el monto mínimo, se estima que no puede ser embargado, según con lo preparado por el producto 155 del Código Importante del Trabajo.

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Índice
  1. Salario Inaceptable: es imposible embargar una parte de su salario
  2. Entonces, ¿prosigue el embargo si bien no tenga recursos?
  3. Si no hay nada a mi nombre, ¿me tienen la posibilidad de arrestar?
    1. Información de contacto:

Salario Inaceptable: es imposible embargar una parte de su salario

Los dos arts. 27.2 ET como el art. 607.1 La LEC asegura que el salario no puede ser embargado en la cuantía igual al salario mínimo interprofesional.

Si el trabajador siente solo el salario mínimo interprofesional, es imposible embargar, pues solo dispondrá de estos capital.

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Entonces, ¿prosigue el embargo si bien no tenga recursos?

La verdad es que, en la práctica, hubo casos en que se embargan los recursos de los domicilios registrados frente a la autoridad y el acreedor, más allá de que estos no son propiedad del moroso. Y sucede que, como la autoridad no sabe primeramente si hay cosas propiedad del moroso en el hogar popular, frecuenta continuar corriendo la orden.

No obstante, ya que el marco legal es claro y se establece que el patrimonio del moroso debe proseguir adelante, hay acciones específicas para impedir daños a recursos extraños al enfrentamiento y para resguardar la propiedad resguardar a terceros.

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Si no hay nada a mi nombre, ¿me tienen la posibilidad de arrestar?

Se me puede embargar si no hay nada a mi nombre y se ejerce el trámite, según coche que dicte el juez pertinente.

No obstante, las leyes establecen que los recursos embargados por una deuda impaga han de ser los recursos del moroso.

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Declararse en quiebra

En Chile un individuo responde de sus deudas con su patrimonio, o sea, con su patrimonio, pero solo las que la ley afirma no tienen la posibilidad de ser obligadas. En este sentido, no existe prisión por deuda, salvo en casos concretos como la deuda alimenticia. Por este motivo, en el artículo vamos a explicar la situación que se da si el moroso no posee recursos que embargar, o sea: ¿Qué sucede si el moroso no posee nada a su nombre? ¿Qué sucede en esos casos, tienen la posibilidad de embargar a terceros por mis deudas?

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